miércoles, 10 de febrero de 2010

El Estado mexicano admite desaparición forzada

11 febrero 2010
El martes pasado, el gobierno federal obedeció a la Corte Interamericana de Derechos Humanos y publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la sentencia emitida el 23 de noviembre de 2009, correspondiente al caso 12,511, del guerrerense desaparecido durante la época de la “guerra sucia”, Rosendo Radilla Pacheco, a quien se acusó en su momento de militar en la guerrilla de Lucio Cabañas.
Los párrafos que la CIDH exigió publicar de manera oficial son aquellos donde queda de manifiesto que en dicho caso el Estado mexicano es responsable de la violación de los derechos a la libertad y a la integridad personal consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Tales párrafos acusan al Estado mexicano de no haber adoptado disposiciones en contra de la desaparición forzada de personas.
El mismo texto advierte que la sentencia en sí misma es una forma de reparación del daño y que el Estado está obligado a continuar con la búsqueda la localización inmediata de Radilla Pacheco o, en su caso, de sus restos mortales.
Asimismo -y de manera muy importante- se sentencia a que el Estado mexicano debe adoptar, “en un plazo razonable, las reformas legislativas pertinentes para compatibilizar el artículo 57 del Código de Justicia Militar con los estándares internacionales en la materia y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en los términos de los párrafos 337 a 342 de la presente Sentencia”.
Lo que equivale a que el famoso fuero militar deje de ser incompatible con la justicia civil internacional. Paso vital para que las Fuerzas Armadas de este país detengan su deterioro de imagen y credibilidad frente a la ciudadanía.
Hay una parte de la sentencia publicada de la que nadie en la Secretaría de Gobernación sabe dar razón y que la propia familia Radilla tampoco ha recibido noticia.
Es la relativa a que el Estado deberá realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad en desagravio a la memoria de Rosendo Radilla, también que deberá brindar atención psicológica y/o psiquiátrica gratuita a los familiares, así como pagar en efectivo diversas cantidades por concepto de indemnización por daño material e inmaterial, y el reintegro de costas y gastos, según corresponda, dentro del plazo de un año, contado a partir de la notificación del fallo.
Abogados de la familia comentan que pedirán que dicho acto de desagravio lo encabece el presidente Felipe Calderón, en tanto Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas, institución responsable de la desaparición forzada de Rosendo Radilla.
La publicación en el DOF es un reconocimiento oficial a la sentencia de la Corte y debe ser el primer paso para el esclarecimiento de muchos más casos que la Fiscalía Especializada para Investigar Delitos del pasado no pudo y no quiso resolver.
Manual de guerra zapatista
El periodista José Reyez publica en la revista Contralínea un “Manual político-militar del EZLN”, que el Ejército decomisó durante las batallas de enero de 1994 en Chiapas.
Vale la pena consultar dicho documento, que resume aspectos del adoctrinamiento guerrillero, el manual del miliciano, la formación política básica de los guerrilleros y el reglamento insurgente, que dicen mucho de la concepción militar y verticalidad con que se organizó el EZLN.
ajimac@gmail.com

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